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En 1984, siendo rector de la Universidad
de Valencia Ramón Lapiedra, fue muy notoria la política de
catalanización de la misma. Tan fuerte que activó los
sentimientos y razones de los que
sentían y pensaban en valenciano. Un importante número de estudiantes se organizó en torno al
sindicato estudiantil Alternativa Universitaria (AU), a cuyo
frente se encontraba el joven estudiante, alumno de la Facultad
de Derecho, Juan García
Sentandreu, que planteó guerra de guerrillas en todos los
ámbitos a Lapiedra, llevándole por la calle de la amargura.
Esgrimió Sentandreu la Real Senyera y la lengua valenciana y no
cesó en toda su época
universitaria de reivindicar política, social, cultural y
jurídicamente estos dos símbolos tan entrañables para el pueblo
valenciano. Fue un revulsivo dentro del mundo universitario, por lo general
inapetente y apático, desinteresado hasta en las elecciones a
rector, que, como es sabido, apenas cuenta con el concurso del 3
por ciento del censo
electoral, tal es la fe de los alumnos en la institución
universitaria y quienes la manipulan. AU estuvo implantada principalmente en la Facultad de Derecho, y
sus primeros socios fundadores hoy son prestigiosos notarios,
abogados, registradores de la propiedad, profesores, doctores en
Derecho, altos
funcionarios, etc. Ellos no dieron solamente la batalla en las
aulas, también lo hicieron en los tribunales, donde mantuvieron
en jaque a toda la universidad y al propio rector con sus
constantes actuaciones en
defensa de la historia, tradición y realidad valencianas. La guerra total de AU contra la junta de gobierno de la
universidad estallaría el 20 de junio de 1986, cuando aprobó que
los profesores universitarios decidirían y elegirían en qué
lengua, la catalana o la castellana,
querían dar las clases al alumnado. El acuerdo adoptado por la junta en su literalidad, traducido
del catalán al castellano, decía: “En nuestras facultades y
escuelas, y a excepción del primer curso, cada asignatura será
impartida en cualquiera de las
dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana, según la libre
decisión del profesor de la asignatura. La Universidad de
Valencia facilitará a los alumnos de este grupo que así lo
deseen las clases en catalán
necesarias para que, en un futuro inmediato, adquieran la
capacidad adecuada para seguir con facilidad las clases
impartidas en catalán”. De la mera lectura del acuerdo se observa que éste era una
imposición ‘a las bravas’ del catalán a los alumnos, decisión
reservada en exclusiva a los profesores, sin tener en cuenta los
derechos de los alumnos. Alternativa Universitaria presentó dos recursos
contencioso-administrativos contra el acuerdo de la junta de
gobierno de la Universidad de Valencia, en los que, por una
parte, se alegaba que, al otorgarse la facultad
de decisión de dar clases en catalán o castellano exclusivamente
a los profesores, se quebraba el derecho a la educación que
tienen todos los españoles, reconocido en la Constitución
Española de 1798, pues dicha
imposición obligaría a estudiar en una lengua extraña, no
querida por los alumnos, las materias universitaria. El segundo recurso era por la denominación de la lengua plasmada
por la junta de gobierno de la universidad en dicho acuerdo y,
especialmente, en el artículo séptimo de los nuevos Estatutos de
la Universidad,
donde se establecía que la lengua propia de la Comunidad
Valenciana era la lengua catalana, cuando en el Estatuto de
Autonomía entonces vigente, aprobado apenas dos años antes, se
habla claramente de idioma
valenciano y no de catalán. El 11 de noviembre de 1986, la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de
Valencia dictó sentencia a favor de Alternativa Universitaria y
contra la junta de gobierno de la Universidad de
Valencia en uno de los dos recursos presentados, declarando
nulos los acuerdos tomados por la autoridad universitaria por
ser anticonstitucionales. El fallo de la Audiencia, en su textualidad, decía: “Fallamos
que, estimando el recurso contencioso-administrativo deducido
por D. Juan García Sentandreu, en calidad de legal representante
de la asociación cultural
Alternativa Universitaria, contra el acuerdo de la junta de
gobierno de la Universidad de Valencia, con fecha de 20 de junio
de 1986, debemos declarar y declaramos que el acto recurrido
vulnera los artículos 14 y 27 de
la Constitución, en cuanto que no se garantizan los derechos
fundamentales a la no discriminación y a la educación, por lo
que debemos decretar y decretamos la nulidad de las
disposiciones”.
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